Navarra regula las áreas para autocaravanas

Navarra regula las áreas para autocaravanas

Autocaravanas
Cedidas por el Archivo de Turismo ‘Reyno de Navarra’

Para facilitar la estancia de los viajeros que utilizan autocaravanas y ante el importante crecimiento de este medio de transporte, el gobierno navarro ha regulado las áreas de acogida y acampada de autocaravanas, que se ubicarán principalmente cerca de los cascos urbanos para facilitar estancias de hasta 48 horas que permiten la visita y el disfrute del viajero.

Las áreas estarán dotadas de instalaciones y servicios por razones de seguridad, control de viajeros, movilidad, aspectos higiénico-sanitarios y medioambientales. La regulación mejorará considerablemente la estancia de los usuarios de autocaravanas. Quedan excluidas de este ámbito la parada y estacionamiento de autocaravanas y vehículos similares en las áreas habilitadas para ello en carreteras, autopistas, vías urbanas y aparcamientos.

En todas las áreas será obligatoria la exhibición de una placa distintiva junto a la entrada principal, y en su interior también deberán estar señalizados los servicios e instalaciones, la velocidad máxima de vehículos permitida, el sentido de las vías y la ubicación de salidas de emergencia y extintores. También se deberá incluir un panel informativo de las condiciones de uso en diferentes idiomas; la oferta turística y comercial de la zona, así como información práctica acerca de centros sanitarios y la red de transportes públicos.

La superficie de las áreas estará dividida en parcelas identificadas numéricamente. Cada área deberá contar con edificaciones para recepción e información, zonas comunes y servicios higiénicos, y deberán cumplir las correspondientes medidas de accesibilidad. Como servicios mínimos, deberán tener un punto limpio por cada 20 parcelas, formado por un enganche a la red hídrica y un contenedor o pozo de descarga autolimpiables, para que las personas usuarias puedan evacuar y reaprovisionar el correspondiente depósito de aguas del vehículo.

También deberán disponer de teléfono, fuente de agua potable por cada 30 parcelas, y lavabos, duchas, inodoros y lavaderos (en una proporción de 1 por cada 15 parcelas), provistos de agua caliente permanente, iluminación suficiente y servicios de limpieza. Además, deberán disponer de servicios de control de viajeros y servicio continuo de vigilancia, y material sanitario para primeros auxilios.

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