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Nueva directiva sobre la MMA de las caravanas

OLYMPUS DIGITAL CAMERASegún se especifica en la directiva 1230/12, a partir de enero de 2014, a la hora de matricular una caravana se exigirá una carga útil mínima, que se calculará multiplicando por 10 la longitud del vehículo en metros y sumando 10 kilos por el número de plazas y el peso en vacío en orden de marcha (PVOM). Esto quiere decir que la disponibilidad para instalar accesorios en una caravana vendrá determinada por la diferencia entre la carga útil real y la carga mínima derivada de la norma. La idea es que cuando se cargue la caravana con el equipaje, la comida y otros enseres no se sobrepase la masa mínima admitida (MMA).

A partir de ahora, el vendedor ha de explicar muy bien al cliente este hecho para que al adquirir la caravana sepa cuántos accesorios va a poder instalar y, en caso necesario, se pida un incremento de la MMA por adelantado. En próximos números de la revista EL CAMPING Y SU MUNDO haremos un reportaje sobre este tema con ejemplos y casos prácticos.

 

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